REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 22 de octubre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-X-2008-000085
ASUNTO : LP01-X-2008-000085


PONENTE: DR. ERNESTO JOSÉ CASTILLO SOTO


Vista la inhibición planteada por la Abogada MAILES MARTINEZ, Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, extensión El Vigía, de conocer en la causa instruida contra EDIXON BRAVO CARQUEZ, en razón a que, conforme expone: “…Y por cuanto de la revisión del Asunto antes descrito, se observa que en fecha 22 de Abril de 2008 esta Juzgadora una vez celebrada la Audiencia Preliminar emitió pronunciamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 330 y 331 del Código Orgánico Procesal penal, Admitiendo la Acusación Fiscal así como las pruebas, ordenando la Apertura a Juicio Oral y Público, resultando indudable que esta Instancia ya emitió opinión en la presente causa, pues conoció los alegatos de fondo expuestos por las partes; motivo antes expuesto por el que resulta necesario, prudente y ajustado a Derecho, proceder en éste mismo acto a INHIBIRME formalmente del conocimiento del Asunto Principal …de conformidad con lo previsto expresamente en los artículos 86 numeral 7, 87, 89 y 90 del Código Orgánico Procesal Pena, en concordancia con los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela…”.

Visto los argumentos expuestos por la Juez Suplente de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 03 de éste Circuito Judicial Penal, extensión El Vigía está ajustada a derecho, pues la misma pudiera comprometer su imparcialidad en caso de llegar a continuar conociendo la causa en cuestión, por lo que la presente inhibición debe ser declarada con lugar.

Por los razonamientos expuestos, esa Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada MAILES MARTINEZ, Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión El Vigía conforme a la causal prevista en el artículo 86 ordinal 7°, en concordancia con el artículo 87, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

Cópiese, publíquese, compúlsese y remítase el presente cuaderno al Tribunal de Juicio donde actualmente curse la causa principal, e igualmente remítase copia certificada de esta decisión al Tribunal de origen, a los fines de verificar la misma. Cúmplase.



LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES,


DR. ERNESTO JOSÉ CASTILLO SOTO
PRESIDENTE-PONENTE


DR. DAVID ALEJANDRO CESTARI EWING

DRA. AUXILIADORA ARIAS DE CARABALLO


LA SECRETARIA,


ABG. SOBEYDA MEJIAS


En fecha ____________se copió, se publicó, se compulsó y se remitió la causa anexa a oficio N°_____________________Va constante de ______ folios útiles.


LA SECRETARIA



Yegnin