REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control N° 1 del Circuito Judicial del Estado Mérida
Mérida, 14 de octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2008-002230
ASUNTO : LP01-P-2008-002230
SOBRESEIMIENTO.
Visto el escrito presentado por la abogada Nancy Judith Quintero Carero, fiscal auxiliar adscrita a la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público del estado Mérida, mediante el cual solicita el sobreseimiento de la causa como consecuencia de la prescripción de la acción penal en el presente procedimiento, este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, advierte que tratándose de una causal cuya constatación no amerita debate, prescinde de la audiencia de las partes, y de conformidad con el artículo 322 del Código Orgánico Procesal Penal pasa a dictar la siguiente decisión:
Identificación del imputado:
En la presente causa figura como imputado, el ciudadano MAURO CAMACHO GONZÁLEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.508.299, natural de Mérida Estado Mérida, nacido en fecha 21-11-1954, estudiante, con domicilio en el barrio El Palmo, calle 3, casa número 59, Ejido Estado Mérida, a quien se le sigue proceso penal por la presunta comisión de los delitos de Violencia Física Agravada, Lesiones Graves y Porte Ilícito de Arma Blanca.
Descripción del hecho objeto de la investigación:
La presente investigación se inició en fecha 29/05/2008, con ocasión de las diligencias practicadas por una comisión policial integrada por los funcionarios Cabo 2º (PM) Luis Curbelo y el agente (PM) Nº 199 Jesús Guerra, adscritos al Grupo de Reacción Inmediata, quienes efectuaron la detención de un ciudadano que fue identificado como Mauro Camacho González, quien fue aprehendido en las instalaciones de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Los Andes (ULA), ubicadas en La Hechicera, debido a que éste presuntamente había agredido con un arma blanca a varios ciudadanos, los cuales fueron identificados como Norma Yoneidy Díaz Albornoz y Ángel Andry Rincón Peña. Conocidas las actuaciones el Fiscal ordenó el inicio de la investigación penal correspondiente.
En fecha 18 de septiembre del año en curso, este despacho recibe de la Fiscalía actuante, acta certificada de defunción emanada de de la registradora Civil de la Parroquia Milla, del Municipio Libertador del Estado Mérida, correspondiente al ciudadano que en vida se llamara MAURO CAMACHO GONZÁLEZ, que cursa en autos (f. 152 y 153), en la cual consta que en fecha 22 de agosto de 2008, en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida, falleció el ciudadano MAURO CAMACHO GONZÁLEZ (identificado en autos) a consecuencia de “SHOCK HIPERBÁRICO, HEMORRAGIA INTERNA, HERIDA POR ARMA DE FUEGO”; quien figura como imputado en la presente causa penal.
Motivación para decidir
Procediendo conforme al artículo 322 del Código Orgánico Procesal Penal, el tribunal estima que tratándose de un punto de mero derecho (muerte de imputado) no es necesaria la convocatoria de audiencia especial para debatir sobre la procedencia o no, del sobreseimiento de la causa.
En tal sentido, con el documento (acta de defunción) obrante en autos, quedó debidamente demostrado el fallecimiento del ciudadano MAURO CAMACHO GONZÁLEZ, a quien se le sigue causa penal en el presente expediente. En consecuencia, lo procedente es, declarar la extinción de la acción penal respecto al mencionado imputado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.1 del Código Orgánico Procesal Penal.
En tal virtud, se declara el sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318.3 eiusdem. Por aplicación del artículo 319 ibidem, el tribunal ordena la cesación de cualesquiera medida cautelar sustitutiva dictada en contra del referido imputado. Así se declara.
Decisión
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1) Declara el sobreseimiento de la causa seguida al imputado que en vida respondiera al nombre de MAURO CAMACHO GONZÁLEZ (identificado en autos); 2) Ordena la cesación de cualesquiera medida cautelar sustitutiva dictada en contra del referido imputado. Así se decide.
Notifíquese a las partes sobre el contenido de la presente decisión. Certifíquese por secretaría copia de este auto. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 01
ABG. ALIDA TORCATTI BERROTERÁN
LA SECRETARIA:
ABG. YURIMAR RODRÍGUEZ
En fecha____________, se cumplió con lo ordenado mediante boletas de notificación Nos: ______________________________________________, conste.
Sria.
ltc