REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
El Vigía, 17 de Octubre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2008-002790
ASUNTO : LP11-P-2008-002790

AUTO ACORDANDO ORDEN DE ALLANAMIENTO

Recibida como fue la presente solicitud, procedente de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se le dio entrada y el curso de ley; en la cual el Abogado GUSTAVO ARAQUE ROJAS, Fiscal Principal, adscrita a la Fiscalía Séptima de Proceso del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, solicita autorización para practicar ORDEN DE ALLANAMIENTO, a ser realizada en el inmueble donde habitan como ocupantes, inquilinos o propietarios la familia (SE OMITE POR ENCONTRARSE EN ETAPA INVESTIGATIVA) el cual está ubicado en la siguiente dirección; (SE OMITE POR ENCONTRARSE EN ETAPA INVESTIGATIVA) ; con la finalidad de ubicar e incautar, a ciudadanos evadidos de la justicia, armas de fuego, objetos provenientes del delito, así como cualquier otra evidencia de interés criminalístico; ello según información contenida en Acta de Investigación Penal de fecha 16/10/2008, suscrita por los funcionarios Franklin Ibarra y Pedro Mora, adscritos a la Sub-Comisaría Policial N° 12, El Vigía, Estado Mérida, relacionada con la investigación N° 14F70902-08, seguida por la comisión del delito cultamiento de Arma de Fuego; allanamiento a realizarse bajo la supervisión del comisario (PM) LIC. José Gregorio Méndez Becerra Jefe de la Comisaría N° 05 Zona panamericana y del Inspector Jefe (PM) LIc. Martín Alexis Rengifo Tarazona, Jefe de la Sub-comisaría Policial N° 12 de El Vigía, a realizarse por una comisión policial, al mando del Inspector (PM) LEONARDO PEÑALOZA, quien, coordinará lo necesario para su práctica, en consecuencia por todo lo anterior, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: De conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 202, 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EXPEDIR DICHA ORDEN DE ALLANAMIENTO. Expídase la misma por duplicado a los fines de que una copia sea entregada a quien reside en el lugar o a quien se encuentre en él y de este modo sea notificado, con la advertencia de que los funcionarios actuantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en los artículos antes mencionados y que dicha orden caduca a los SIETE (07) DIAS contados a partir de la presente fecha. Así mismo, devuélvase la presente solicitud al Fiscal solicitante junto con oficio, por cuanto el Tribunal no tiene más actuaciones que practicar, toda vez que el presente asunto se encuentra en etapa investigativa. Provéase lo conducente. Cúmplase.

EL JUEZ DE CONTROL N° 01


ABG. FRANCISCO JOSÉ RODRÍGUEZ MEJÍAS

LA SECRETARIA,

ABG. _________________________