ASUNTO PRINCIPAL : LK11-P-2002-000013

Visto que en fecha 17-09-2008, en la celebración de la Audiencia de Imposición de Ejecútese, el penado Eulides Segundo Avendaño Prada, quedó detenido en Sala de éste Circuito Judicial Penal Extensión El Vigía; es por lo que éste Tribunal en Funciones de Ejecución N° 01, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a elaborar el cómputo actualizado, y a tal efecto se observa que el penado EULIDES SEGUNDO AVENDAÑO PRADA, titular de la cédula de identidad N° 16.679.214, fue detenido en una primera oportunidad en fecha 16-05-2002 hasta el 21-12-2006, lo que da un total de CUATRO (04) AÑOS, SIETE (07) MESES Y CINCO (05) DIAS; posteriormente fue detenido en Sala el día 17-09-2008, permaneciendo en las mismas condiciones hasta la presente fecha 01-10-2008, lo que da un total de CATORCE (14) DIAS, y sumando ambas detenciones le da un total de pena cumplida de CUATRO (04) AÑOS, SIETE (07) MESES y DIECINUEVE (19) DIAS; y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRESIDIO, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, le falta por cumplir DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES y ONCE (11) DIAS, la cual culminará el día 12-02-2011, al finalizar el día. Asimismo remítase copia certificada del presente cómputo al Centro Penitenciario de la Región Andina con sede en San Juan de Lagunillas, Estado Mérida. Líbrese el respectivo oficio. Cúmplase.

LA JUEZA EN FUNCIONES DE EJECUCION N° 01


ABG. ZOILA ROSA NOGUERA

LA SECRETARIA


ABG