REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
El Vigía, 23 de octubre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2007-002324
ASUNTO : LP11-P-2007-002324

AUTORIZACIÓN

Vista la solicitud de AUTORIZACIÓN para la penada: Ana Mailet Peralta Paredes, titular de la cédula de identidad N° 16.599.179, este Tribunal para decidir observa lo siguiente:
1.- Que la Abg. Liceth A. Blanco Agamez, en su condición de Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina, solicita mediante oficio N° 667 de fecha 14/10/2008, autorización para la penada: Ana Mailet Peralta Paredes, con la finalidad de trasladarse al Complejo Deportivo El Palmo, ubicado en Ejido Estado Mérida, el día 31/10/2008, con la finalidad de ofrecer Concierto de la Orquesta Sinfónica Sueños de Libertad del Centro Penitenciario de la Región Andina, motivo por el cual la referida penada es integrante de la mencionada orquesta y que contará con la presencia del ciudadano Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, Tareck El Aissami.
2.- Es de señalar, que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su artículo 100, dentro de los derechos culturales y educativos, que los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios; y siendo que la Ley de Régimen Penitenciario en su artículo 2 establece entre otras cosas, que la reinserción social del penado constituye el objetivo fundamental del período de cumplimiento de la pena y durante este deberán respetarse estrictamente todos los derechos inherentes a la persona humana, consagrados en nuestra Constitución y leyes nacionales, tratados, convenios, acuerdos internacionales suscritos por la República, así como los derivados de su particular condición de condenado, los cuales deben ser amparados por los tribunales de ejecución, a todo penado en el goce y ejercicio de los derechos individuales, colectivos y difusos que le correspondan de conformidad con las leyes.
Por las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 01, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, AUTORIZA: a la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina para que traslade a la penada: Ana Mailet Peralta Paredes, actualmente recluida en el Centro Penitenciario de la Región Andina, con sede en la población de San Juan de Lagunillas, Municipio Sucre, Estado Mérida, al Complejo Deportivo El Palmo, ubicado en Ejido Estado Mérida, el día 31/10/2008, con la finalidad de ofrecer concierto con la Orquesta Sinfónica Sueños de Libertad del Centro Penitenciario de la Región Andina. Líbrese oficio a la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina, con sede en la población de San Juan de Lagunillas, Municipio Sucre, Estado Mérida, donde la misma se hace responsable de tomar las medidas necesarias en cuanto a la seguridad y traslado de dicha penada para el mencionado evento. Remítase Oficio a tal efecto. Cúmplase.

LA JUEZA DE EJECUCION Nº 01

ABG. ZOILA ROSA NOGUERA

LA SECRETARIA

ABG. BELKIS LOURDES VERDI