REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2008-001829
EJECÚTESE DE SENTENCIA
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia de sobreseimiento dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 07-08-2.008 (Folios 39 al 41) a favor de HECTOR ALFONSO MÉNDEZ SANTANDER, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.219.318, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 20-09-1.965, de 43 años de edad, soltero, de profesión u oficio vigilante privado, domiciliado en el Barrio La Esperanza, Sector Las Invasiones, Parcela Nº 218, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal vigente para el momento del hecho, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO; y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. PRIMERO: Se decreta el comiso y la destrucción del siguiente objeto: 1) Un (01) Arma de Fuego, tipo Escopeta, calibre 410, marca Mamola, de acabado superficial niquelada, de fabricación venezolana, compuesta por cañón de ánima lisa, de 15,8 centímetros de longitud, caja de los mecanismos en regular estado de conservación y funcionamiento, empuñadura de material sintético de color negro, de forma anatómica, igual que su guardamano, su sistema de funcionamiento es de simple acción, su sistema de disparo es tiro a tiro, su sistema de alimentación es de retrocarga, se encuentra en regular estado de conservación y presenta serial 19908; dicho objeto guarda relación con la Experticia de Reconocimiento Legal Nº 9700-230-561, de fecha 19-06-2.003, el cual se encuentra en la sala de objetos recuperados del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, Investigación y Expediente Fiscal N° 14-F6-579-03. En tal sentido se ordena librar Oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que remita el arma descrita a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional a los fines de su destrucción, debiendo ese organismo de investigación informar a este Tribunal sobre lo ordenado, a los fines de proceder este despacho, a enviar el presente asunto al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Cúmplase.
JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02
ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE
SECRETARIA