REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2008-001849

EJECÚTESE DE SENTENCIA

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia de sobreseimiento dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 01-08-2.008 (Folios 15 al 18) a favor de JESÚS RICHARD GARCÍA MALPICA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 16.232.013, natural de Lorica, Córdoba, República de Colombia, de 23 años de edad para el momento del hecho, de profesión u oficio vigilante privado, domiciliado en el Barrio Los Olivos, Parte Alta del 23 de Enero, Casa S/Nº, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal vigente para el momento del hecho, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO; y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. PRIMERO: Se decreta el comiso y la destrucción del siguiente objeto: 1) Un (01) Arma de Fuego, tipo Escopeta, calibre 410, de acabado superficial niquelada, compuesta por cañón de ánima lisa con una longitud de 16 centímetros, caja de los mecanismos en regular estado de funcionamiento, empuñadura de material sintético color negro envuelta en cinta adhesiva de material sintético color negro (type), guardamano del mismo material, su sistema de funcionamiento es de simple acción, su sistema de disparo es tiro a tiro, su sistema de alimentación es de retrocarga, se encuentra en regular estado de conservación y posee serial 8621; dicho objeto guarda relación con la Experticia de Reconocimiento Legal Nº 9700-230-451, de fecha 25-06-2.003, el cual se encuentra en la sede de la Sub Comisaría Nº 12 con sede en esta ciudad de El Vigía, Estado Mérida, Expediente Fiscal N° 14-F6-587-03. En tal sentido se ordena librar Oficio al Comandante de la Sub Comisaría Policial Nº 12, con sede en esta ciudad de El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que remita el arma descrita a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (DARFA) a los fines de su destrucción, debiendo ese cuerpo policial informar a este Tribunal sobre lo ordenado, a los fines de proceder este despacho, a enviar el presente asunto al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Cúmplase.

JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02


ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE
SECRETARIA