REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2008-001850
EJECÚTESE DE SENTENCIA
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia de sobreseimiento dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 31-07-2.008 (Folios 18 al 21) a favor de EUGENIO NEGRETE BALLESTAS, colombiano, titular de la cédula de identidad Nº E-81.732.715, natural de Lorica, Córdoba, República de Colombia, nacido en fecha 15-12-1.941, de 66 años de edad, de profesión u oficio vigilante privado, domiciliado en la Urbanización El Paraíso, Calle 4 con Avenida 02, Casa Nº 1-52, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal vigente para el momento del hecho, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO; y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE.
PRIMERO: Se decreta el comiso y la destrucción del siguiente objeto: 1) Un (01) Arma de Fuego, tipo Escopeta, calibre 12, marca Sarasketa, de fabricación en Venezuela, de acabado superficial niquelada, parcialmente desvastado, con restos de oxidación, compuesta por cañón de ánima lisa con una longitud de 50,1 centímetros, caja de los mecanismos en regular estado de funcionamiento, empuñadura y guardamano de material sintético color negro y de forma anatómica, su sistema de disparo es tiro a tiro, su sistema de funcionamiento es de simple acción, su sistema de alimentación es de retrocarga, se encuentra en regular estado de conservación y posee serial 552 49; dicho objeto guarda relación con la Experticia de Reconocimiento Legal Nº 9700-230-449, de fecha 25-06-2.003, el cual se encuentra en la sala de objetos recuperados del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, Investigación y Expediente Fiscal N° 14-F6-579-03. En tal sentido se ordena librar Oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que remita el arma descrita a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (DARFA) a los fines de su destrucción, debiendo ese organismo de investigación informar a este Tribunal sobre lo ordenado, a los fines de proceder este despacho, a enviar el presente asunto al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Cúmplase.
JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02
ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE
SECRETARIA