REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, tres de octubre de dos mil ocho.

198° y 149º

No obstante que la sentencia de fecha 28 de mayo de 2008, dictada por este Tribunal no es impugnable de inmediato a través del recurso de casación, se dejó transcurrir el lapso previsto al efecto por el artículo 314 del Código de Procedimiento Civil, el cual, según consta del cómputo que antecede, se encuentra vencido, y no habiéndose interpuesto tal recurso ni solicitado aclaratorias o ampliaciones de la referida decisión, se acuerda bajar el presente expediente al Juzgado de la causa a los fines legales consiguientes.

El Juez,


Daniel F. Monsalve Torres

El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega

En la misma fecha se remite el expediente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, con oficio N° 0471-2008, salida N° 108, constante de 111 folios útiles.

El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega