REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL EXTENSIÓN EL VIGIA





JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. El Vigía, veintisiete de octubre de dos mil ocho.
198 y 149
Visto el desistimiento presentado en diligencia de fecha 24 de mayo de 2004, por el abogado RAFAEL ARCANGEL MORA MORA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nro. 24.389 (f. 31), del Expediente Nº 6741-2008.- Demandante(s): SOCIEDAD MERCANTIL ESCALANTE MOTORS (APODERADO JUDICIAL ABG. RAFAEL ARCANGEL MORA MORA). Demandado(s): SUÁREZ HERNANDEZ NEIDO SEGUNDO. MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO. FECHA DE ENTRADA: DIA: 20. Mes: MAYO. Año: 2002. Este Tribunal previo análisis de las actas que conforman el presente expediente, observa:
El presente juicio se trata de Resolución de Contrato de Venta Con Reserva de Dominio y de la revisión del expediente se puede constatar que la parte actora tiene capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, y el desistimiento versa sobre materia en la cual no están prohibidas las transacciones, este Juzgador de conformidad con el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el presente desistimiento y en consecuencia procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE ESTABLECE. No se archive el expediente hasta tanto no conste en autos el cuaderno de Secuestro solicitado.
EL JUEZ,

JULIO CESAR NEWMAN GUTIERREZ.

EL --------------------------------------
SECRETARIO TEMPORAL,

ABG. ANGEL EMIRO BRAVO ROBAYO