REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, diez (10) de octubre del año dos mil ocho (2.008).-
198° y 149°
Visto el escrito presentado por el ciudadano ANGEL EDGARDO SAYAGO ROSALES, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio EDGAR AMANDO HERNANDEZ SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.721, ambos plenamente identificados en autos, mediante la cual consigna por ante este Tribunal comprobante de Depósito Nº 07305650, del Banco de Fomento Regional Los Andes, Agencia Ejido, por la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 200,00), a favor del ciudadano JUAN GUILLERMO LANZARONE CHÁVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 10.109.029, domiciliado en el Barrio El Piñal, planta baja N° 6-3, sector de la Avenida Centenario, Jurisdicción de la Parroquia Ignacio Fernández Peña del Municipio Campo Elías del Estado Mérida y hábil, en su carácter de Beneficiario, a quien se deberá notificar de dicho deposito, por concepto de Canon de Arrendamiento correspondiente al mes de Septiembre de 2.008. A tal fin Líbrese Boleta de Notificación y entréguese al Alguacil Temporal a fin de que la haga efectiva. Agréguese al expediente copia del depósito efectuado.- CÚMPLASE.------------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON.
EL SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA.
En esta misma fecha se agrego y se libro Boleta de Notificación como fue ordenado en autos.-
MUR/jm.- SÁNCHEZ MOLINA SRIO.-