REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, veinticuatro (24) de octubre del año dos mil ocho (2.008).-

198° y 149°

Vista el acta levantada en fecha veintiuno (21) de octubre del año en curso, y que riela al folio once (11), de la presente solicitud de Reconocimiento de Documento Privado, en donde el compareciente ciudadano HUGO PEÑA, solicita se le expidan copias debidamente certificadas por secretaría de todas las actas que conforman la solicitud signada con el N° 2.853, este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En Consecuencia, expídase por Secretaria copia fotostáticas debidamente certificadas de los folios uno (01) al trece (13), con sus respectivos vueltos, así como también la carátula de dicha solicitud.- CUMPLASE.--------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL SECRETARIO,


ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.----------
RECIBI CONFORME


____________________________
SANCHEZ MOLINA SRIO.
MMUR/jlsm/jm.-

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ABOGADO JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA, CERTIFICA: Que las anteriores copias fotostáticas son fieles y exactas de sus originales por haberlas tenido a la vista y constatado detenidamente su contenido, y que se encuentran insertas a los folios del uno (01) al trece (13), con sus respectivos vueltos, así como también la carátula de dicha solicitud, de la Solicitud signada bajo el N° 2.853.- SOLICITANTE: JOSE GREGORIO LACRUZ UZCATEGUI ASISTIDO POR EL ABG. FRANCISCO ZELIN PEÑA AVENDAÑO.- MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO.- FECHA DE ENTRADA: 07 DE OCTUBRE DE 2.008, todo lo anterior según lo ordenado en el auto dictado por este Tribunal en esta misma fecha el cual se transcribe textualmente: REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, veinticuatro (24) días del mes de octubre de dos mil ocho (2.008).- 198º y 149º.- Vista el acta levantada en fecha veintiuno (21) de octubre del año en curso, y que riela al folio once (11), de la presente solicitud de Reconocimiento de Documento Privado, en donde el compareciente ciudadano HUGO PEÑA, solicita se le expidan copias debidamente certificadas por secretaría de todas lactas que conforman la solicitud signada con el N° 2.853, este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En Consecuencia, expídase por Secretaria copia fotostáticas debidamente certificadas de los folios uno (01) al trece (13), con sus respectivos vueltos, así como también la carátula de dicha solicitud. CUMPLASE.- (Fdo.) LA JUEZA TEMPORAL, ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON. (Fdo.) EL SECRETARIO. ILDA ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA.- En este misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.- (Fdo.) SÁNCHEZ MOLINA SRIO.- MMUR/jlsm/Jm.- Esta en tinta el Sello del Tribunal. Certificación que se expide en la ciudad de Ejido, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre de dos mil ocho (2.008).------------------------------------------------------------------


ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA
EL SECRETARIO
JLSM/jm.-