REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, seis (06) de octubre del año dos mil ocho (2.008).-
198° y 149°
Por cuanto en fecha nueve (09) de enero del año dos mil siete (2.007), se recibió comisión proveniente del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en donde el Alguacil de ese Tribunal da cuenta que no logro la Notificación de la ciudadana IRIS LORENA CONTRERAS SEQUERA parte demandante, y debido a la imposibilidad del mencionado Alguacil en poder notificar del Avocamiento de la presente causa, de quien aquí suscribe, en el Juicio signado bajo el N° 1.657, por COBRO DE BOLÍVARES VIA INTIMATORIA, es por lo que se ordena desglosar la Boleta de Notificación, que se encuentra inserta al folio TREINTA Y DOS (32), librada a esta ciudadana, dejando copia debidamente certificada por secretaría de la misma y publicarla en la cartelera de este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el Articulo 174 del Código de Procedimiento Civil, debiendo dejar constancia expresa en el expediente el ciudadano Secretario de las actuaciones practicadas, para darle cumplimiento a los lapsos del Avocamiento hecho en mención.- CUMPLASE.------------------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARÍA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON.
EL SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
MMUR/Jlsm/jm.- SÁNCHEZ MOLINA SRIO.