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JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, Veinticuatro (24) de Octubre de Dos Mil Ocho (2.008).

198º y 149º

Visto el escrito de oposición a la Medida Preventiva de Secuestro consignado en fecha veintitrés (23) de octubre de Dos Mil Ocho (2.008), en el cuaderno de secuestro del expediente principal signado con el Nº 6320, suscrito por el Abogado AMERICO RAMIREZ BRACHO y OLOIS CASTILLO CONTRERAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 28.739 y 23.708, domiciliados en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida y jurídicamente hábiles, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ANA MARIELLA BELLO NIEVES identificada en autos donde HACE OPOSICION A LA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO, es por lo que esta Juzgadora efectúa las siguientes consideraciones: El artículo 602 de la Norma Adjetiva Civil, que señala: “Dentro del tercer día siguiente a la ejecución de la medida preventiva, si la parte contra quien obre estuviere ya citada; o dentro del tercer día siguiente a su citación, la parte contra quien obre la medida podrá oponerse a ella, exponiendo las razones o fundamentos que tuviere que alegar.
Haya habido o no oposición, se entenderá abierta una articulación de ocho días, para que los interesados promuevan y hagan evacuar las pruebas que convengan a sus derechos” (…omissis…)…..
Por lo expuesto se ordena aperturar una articulación probatoria de ocho (8) días a los fines de dirimir la presente incidencia, con el bien entendido que la referida articulación no suspenderá el curso de la demanda principal, teniendo presente que el lapso de la articulación probatoria empezará a correr a partir del día de hoy EXCLUSIVE. Y ASÍ SE DECLARA.




DADO, SELLADO, FIRMADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE DESPACHO DESTE JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. En Mérida a los Veinticuatro (24) días del mes de Octubre de Dos Mil ocho (2008).-

LA JUEZ TEMPORAL

ABG MARIA ELCIRA MARIN OSORIO


LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.



En la misma fecha se copió y publicó, siendo las dos y treinta minutos de la tarde. Quedando su asiento en el libro diario bajo el Nº 02



SRIA. TIT,