TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA DE JUICIO. Nº 01. Mérida, 23 de Septiembre del año dos mil ocho.-
198º y 149º
Vista la diligencia que obra inserta al folio (51) de fecha 17 de Septiembre del año 2008, suscrita por el ciudadano JESUS YDELFONSO ALTUVE UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.777.915, domiciliado en Ejido Estado Mérida, debidamente asistido por la abogada CLARA GISELA UZCATEGUI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.241, y la ciudadana WENDY JANIXIA QUINTERO ALVIAREZ, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.779.497, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 126.262. En la cual el ciudadano JESUS YDELFONSO ALTUVE UZCATEGUI desiste tanto de la acción como del procedimiento del Ofrecimiento de la Obligación de Manutención y estando presente la ciudadana WENDY JANIXIA QUINTERO ALVIAREZ acepta el desistimiento realizado por el ciudadano antes mencionado. En consecuencia, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, da por terminado el presente procedimiento en razón de que no es contrario derecho y versa sobre derechos disponibles; igualmente, el desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero la solicitante no podrá proponer otra solicitud antes que transcurran noventa (90) días de conformidad con el Artículo 266 ejusdem, por lo que se ordena el cierre y archivo del expediente Nº 13698. DEMANDANTE: Jesús Ydelfonso Altuve Uzcátegui. Motivo: Ofrecimiento de Obligación de Manutención. Procedencia: Particular. Fecha de Entrada: 21-02-2006. CÚMPLASE.
LA JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 01
ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMIREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
LA SRIA
JR/13698
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