REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 29 de Septiembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-X-2008-000063
ASUNTO : LP01-X-2008-000063
PONENTE: DRA. ADA RAQUEL CAICEDO DÍAZ
Vista la inhibición planteada la Abogado THAMARA DEL CARMEN PUENTES DE TAVIRA, Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía, de conocer en la causa N° LP11-P-2008-002028, instruida contra el ciudadano JORGE LUIS COTE CRIOLLO, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, cometido en perjuicio de EDUARDO JOSE POERNIA MÁRQUEZ, exponiendo tal como se evidencia en acta de fecha 30 de Julio de 2008, inserta a los folios uno (01) y (02) de las presentes actuaciones, que:
<<…Por cuanto en la presente causa figura como investigado el ciudadano Jorge Luis Cote Criollo… preo como quiera que entre el referido ciudadano y mi hermana JOHANA MARIBÍ QUIÑONEZ DELGADILLO, mantienen una relación sentimental, encontrándose actualmente la misma en estado de gravidez de un hijo concebido entre ambos, es por lo que resulta necesario, prudente y ajustado a derecho, en beneficio de la imparcialidad , de la objetiva, de la recta administración de justicia y en orden de garantizar efectivamente el principio de igualdad y equilibrio entre las partes, así como el derecho Constitucional al debido proceso, consagrado en el artículo 49 de la Constitución de nuestra República Bolivariana de Venezuela, al igual que la aplicación de un a justicia transparente, equitativa, sin dilaciones indebidas y sin formalismos o reposiciones inútiles… es por lo que esta Jueza de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía procede es éste mismo acto a INHIBIRSE formalmente del conocimiento del asunto penal LP11-P-2008-002028, de conformidad con lo previsto expresamente en los artículo 86 numeral 8, 87, 89 y 90 del código Orgánico Procesal Penal , en concordancia con lo artículo 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo cual pido que la presente INHIBICIÓN SE DECLARE CON LUGAR en base a los argumentos antes seña lados y por estar plenamente ajustada a Derecho ...>>
Ahora bien la Juez inhibido fundamenta la inhibición planteada conforme a lo establecido en el numeral 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 87, 89 y 90 eiusdem, considera esta Alzada que la causal invocada por la Juez inhibida esta ajustada a derecho, ya que como se evidencia dicha circunstancia pudiera comprometer su imparcialidad en caso de conocer en la misma.
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogado THAMARA DEL CARMEN PUENTES DE TAVIRA, Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía, conforme a los establecido en el numeral 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 eiusdem.
Cópiese, publíquese, compúlsese y remítase el presente cuaderno al Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía Cúmplase.
LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES
DRA. ADA RAQUEL CAICEDO DIAZ
PRESIDENTE ACCIDENTAL - PONENTE
DR. CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO
DRA. AUXILIADORA ARIAS DE CARABALLO
LA SECRETARIA,
ABG. SOBEYDA MEJIAS
En la misma fecha se copió, se publicó, se compulsó y SE REMITIÓ AL TRIBUNAL DE JUICIO N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía, CONSTANTE DE -10- FOLIOS ÚTILES, ANEXO AL OFICIO N° LG01OFO200800________
La Secretaria
ARCD/wendy lovely
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