REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, dieciséis de septiembre de dos mil ocho.

198º y 149º

Visto el contenido del oficio que antecede de fecha 13 de agosto de 2007, signado con el N° 2720-259, emanado del Juzgado de los Municipios Miranda y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, y recibido en esta instancia judicial en fecha 26 de septiembre de 2007, mediante el cual informa que la comisión de fecha 06 de junio de 2003, signada con el oficio N° 770-2003, fue devuelta a este Tribunal con la comisión cumplida por vía de IPOSTEL, en fecha 22 de Octubre de 2003 con oficio N° 2730-243-A, en consecuencia este Juzgado, declara firme la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva dictada en fecha 06 de junio de 2003 (folio 35 y vuelto) y ordena el archivo del presente expediente. Ahora bien como colorario del anterior pronunciamiento, este Tribunal suspende la medida cautelar de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Juzgado en fecha 08 de noviembre de 2001 y participada al Registrador Subalterno, actual, Registrador Público de los Municipios Autónomos de Timotes, Pueblo Llano, Chachopo, Palmira y Julio César Salas del Estado Mérida, según oficio signado con el N° 3729, sobre una parte de un lote de terrero ubicado en el sitio denominado “El Arbolito”, jurisdicción del Municipio Pueblo Llano del Estado Mérida, cuyos linderos son los siguientes: CABECERA: linda con terrenos de Pedro Quintero, divide cerca de alambre; PIE: linda con terrenos de Antonio Becerra, divide cerca de alambre; COSTADO IZQUIERDO: linda con terrenos propiedad de José de las Mercedes Vergara Santiago, divide cerca de alambre; y, por el COSTADO DERECHO: linda con terrenos de Eladio Santiago, divide cerca de alambre. Dicho inmueble pertenece al ciudadano JESUS AREVAL BAPTISTA VERGARA, según documento registrado por ante la Oficina Subalterno de Registro Público (actual Registro Público) de los Municipios Autónomos de Timotes, Pueblo Llano, Chachopo, Palmira y Julio César Salas del Estado Mérida, de fecha 14 de junio de 1.995, inserto bajo el N° 13, Protocolo Primero, Tomo III, Segundo Trimestre del citado año. Ofíciese al Registrador Público respectivo haciéndole la participación de la suspensión de dicha medida. Ofíciese.
EL JUEZ TITULAR,



ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA…

… SECRETARIA TITULAR,


SULA QUINTERO QUINTERO




En la misma fecha se ofició al Registrador Público de los Municipios Autónomos de Timotes, Pueblo Llano, Chachopo, Palmira y Julio César Salas del Estado Mérida,, bajo el Nº 1017-2.008. Conste,



LA SECRETARIA TITULAR,



SULAY QUINTERO QUINTERO





ACZ/SQQ/yp.-