REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, dieciséis de septiembre de dos mil ocho.

198º y 149º


Vencido como se encuentra el lapso a que se contrae el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, sin que la parte actora haya solicitado dentro del mismo la regulación de la competencia, este Tribunal declara firme la sentencia interlocutoria de fecha 07 de agosto de 2.008, que obra inserta del folio 07 al 11 del presente expediente, y en consecuencia ordena remitir original el presente expediente al JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en TOVAR, al cual este Tribunal ha deferido la competencia para conocer de esta causa. Désele salida y remítase mediante oficio.

EL JUEZ TITULAR,



ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,




SULAY QUINTERO QUINTERO


En la misma fecha se le dio salida en el libro de causas y se remitió original expediente al JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en TOVAR, en una (01) pieza y constante de 13 folios, anexo al oficio Nº 1.014-2.008. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO


ACZ/SQQ/dsf.-