REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, dieciocho de septiembre de dos mil ocho.

198º y 149º


Vencido como se encuentra el lapso legal de apelación, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal Accidental, en fecha 04 de julio de 2008 (folio 288 al 303), sin que ninguna de las partes haya hecho uso legal de tal recurso, este Juzgado declara firme dicha decisión, y ordena el archivo del presente expediente. Ahora bien, como colorario del anterior pronunciamiento, y a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en el particular “Segundo” de la sentencia supra citada, este Tribunal declara suspendida la medida cautelar de EMBARGO, decretada por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 18 de julio de 1.996, y tal suspensión no se participa a ningún organismo por cuanto dicha medida no se materializó. Y ASÍ SE DECIDE.

EL JUEZ TITULAR,



ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO




LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste,


LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO




ACZ/SQQ/yp.-