REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 13 de Abril de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2008-005219
ASUNTO : LP01-P-2008-005219
Visto que este tribunal en fecha 06 de Abril del presente año, en audiencia de Juicio Oral diferida, escucho por parte del Fiscal del Ministerio Público solicitud de orden de aprehensión en contra de los ciudadanos NELLY BARAJAL SUAREZ y CARLOS JULIO ROMERO, y por cuanto asiste la razón a la vindicta pública, corresponde por medio del presente auto fundamentar lo decidido de la siguiente manera:
Así tenemos que la presente causa llega a este tribunal con ocasión de Aprehensión en Flagrancia dictada por el juez de Control No 03, de este Circuito Judicial Penal, de fecha 01-12-2008 (f.22) y fueron recibidas las actuaciones en este Tribunal de Juicio en fecha 12-01-2009 (f.42).
Ahora bien, con ocasión de la petición fiscal, este despacho ha constatado de la revisión de las actuaciones que se ha ordenado la realización del acto de juicio, en fechas 04-02-09, 11-03-09 y 06-04-09, si bien es cierto que no se realizaron los actos por cuanto en la primera audiencia la Fiscalia tenia continuación de juicio y en el segundo acto la Defensa justifico su inasistencia, no es menos cierto que constan en autos las boletas de notificación de los acusados y ha sido imposible su ubicación por ser la dirección aportada en flagrancia inexactas.
Esa última circunstancia relacionada con la no ubicación de los ciudadanos NELLY BARAJAL SUAREZ y CARLOS JULIO ROMERO, traen como consecuencia la paralización de esta causa y por ende que se desvíe el norte principal del proceso como lo es la búsqueda de la verdad, ya que al no poderse celebrar el acto de Juicio Oral y Público, por ser imposible la ubicación de estos ciudadanos, lo que demuestra con ese comportamiento, que quieren evadir el proceso y con esa conducta estaríamos creando impunidad tantas veces criticada por nuestra sociedad, ,
De tal manera que este Tribunal de Juicio No 02, del Circuito Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta en contra de los ciudadanos: CARLOS JULIO ROMERO, venezolano, titular de la cédula de identidad 12.232.843, de 37 años, soltero, comerciante, hijo de Nerio Martínez y Carla Romero, domiciliado Barrio pueblo nuevo, casa Nº 2-81 calle principal Mérida Estado Mérida, teléfono: 0414- 6069095 Sra. Tibisay, NELLY BARAJAL SUAREZ, colombiana, 60.341.783, de 39 años, soltera, ama de casa, hijo de Evaristo Baraja y Gregoria Suárez, domiciliado Barrio pueblo nuevo, casa N° 2-81 calle principal Mérida Estado Mérida, una orden de aprehensión, con la única y exclusiva finalidad de que sea ubicado por medio de los diferentes cuerpos de seguridad, quienes una vez capturado lo hagan comparecer ante este tribunal, y así poder llevar a cabo el acto de Juicio Oral y Público que hasta le fecha no ha podido celebrarse. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la Constitución, en armonía con el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, así se decide, cúmplase y ofíciese lo conducente.
EL JUEZ DE JUICIO Nº 2
ABG. MARIANELA MARIN ESTRADA.
LA SECRETARIA
En fecha ___________ se cumplió con lo ordenado mediante oficios Nros. _______________________.-