REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2007-003198
ASUNTO : LP11-P-2007-003198

AUTO CÓMPUTO ACTUALIZADO

Por medio del oficio recibido Nº DP02-91-09, de fecha 14-04-2009, suscrito por la Defensora Pública Segunda (2) de Ejecución, Extensión El Vigía, Abg. Yasmina Pérez D Jesús, donde solicita computo actualizado del penado LUIS FERNANDO LOZADA. Es por lo que este Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, Ordena elaborar Cómputo Actualizado para verificar el cumplimiento de pena para el penado LUIS FERNANDO LOZADA, colombiano, titular de la cédula de identidad de ciudadanía Colombiana N° C-12.238.708, observa:
UNICO: Efectuado como ha sido el cómputo actualizado de la pena, se observa que el penado LUIS FERNANDO LOZADA, durante el tiempo de su reclusión por este Tribunal, ha estado detenido desde el 02-12-2007 hasta el 20-04-2009, por un lapso de UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES y DIECIOCHO (18) DÍAS, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO, le falta por cumplir SIETE (07) AÑOS, SIETE (07) MESES y DOCE (12) DÍAS, la cual terminará de cumplir el día DOS (02) DE DICIEMBRE (12) DE 2016, AL FINALIZAR EL DÍA. La presente decisión se fundamenta en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial.
Notifíquese a la Fiscalía XXII del Ministerio Público, a la Defensa y al Penado, de la presente decisión. Remítase con oficio copia de la presente decisión debidamente certificada al Director del Centro Penitenciario de la Región Andina con sede en San Juan de Lagunillas. Cúmplase.-

LA JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 01

ABG. ZOILA ROSA NOGUERA

LA SECRETARIA

ABG