REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2009-000307
EJECÚTESE DE SENTENCIA

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia de Sobreseimiento dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de fecha 16-02-2.009 (folios 20 al 24) a favor del ciudadano JULIO CESAR LÓPEZ TOVAR, colombiano, indocumentado, dice ser titular de la cédula de ciudadanía colombiana Nº 673.966, natural de Curumaní, República de Colombia, nacido en fecha 27-12-1.950, de 58 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio vigilante, domiciliado en Caño Arenoso II, Calle Principal, Casa S/Nº, ubicada por la parte de atrás de la Urbanización Vista Hermosa, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO; y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. PRIMERO: Se decreta el comiso y la destrucción del siguiente objeto: 1) Un (01) Arma de Fuego, tipo Escopeta, calibre 16, marca WINCHESTER, a la misma se le observa el serial: 6120, pavón negro con signos de oxidación, presenta pasamano y culata de madera, color marrón, con cañón de ánima lisa, con una longitud de 68,2 centímetros, con caja de los mecanismos, martillo, disparador y guardamonte, la misma presenta un dispositivo de metal en la parte anterior del martillo, el cual al ser accionado permite el abisagramiento del cañón, esta arma se encuentra en regular estado de conservación; la cual guarda relación con la Experticia de Reconocimiento Legal Nº 9700-230-759, de fecha 27-06-2003, Expediente Fiscal 14-F6-648-03. En tal sentido se ordena librar el correspondiente oficio al Jefe de LA Sub Comisaría Policial Nº 12 de esta ciudad de El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que remita dicha arma arriva descrita a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (DARFA) a los fines de su destrucción, debiendo ese cuerpo policial informar a este Tribunal, sobre la remisión al D.AR.F.A., a los fines de proceder este despacho, a enviar el presente asunto al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Cúmplase.

JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02


ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE

SECRETARIO