REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2009-000305

EJECÚTESE DE SENTENCIA

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia de Sobreseimiento dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de fecha 12-02-2.009 (folios 15 y 16) a favor del ciudadano DANILO MACHADO VILCHEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 10.680.255, domiciliado en la Blanca, Barrio 12 de Octubre, Calle Principal, Casa S/Nº, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal vigente para el momento del hecho, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO; y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. PRIMERO: Se decreta el comiso y la destrucción del siguiente objeto: 1) Un (01) Arma de Fuego, tipo Escopeta, calibre 16, marca WINCHESTER, pavón negro con signos de deterioro, con cañón de ánima lisa, con una longitud de 27,6 centímetros, con caja de los mecanismos, martillo, disparador, guardamonte y empuñadura de metal, ésta última con dos tapas de madera, color marrón, sujetas por dos tornillos de metal, la misma presenta pasamano de madera, color marrón, con un dispositivo de metal en la parte posterior del disparador, el cual al ser accionado permite el abisagramiento del cañón, esta arma presenta en uno de los lados de la caja de los mecanismos, la inscripción: 555, se encuentra en regular estado de conservación; la cual guarda relación con la Experticia de Reconocimiento Legal Nº 9700-230-582, de fecha 27-06-2.003, Expediente Fiscal Nº 14F6-647-03. En tal sentido se ordena librar el correspondiente oficio al Jefe de la Sub-Comisaría Policial Nº 12 de esta ciudad de El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que remita el arma antes descrita a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (DARFA) a los fines de su destrucción, debiendo ese cuerpo policial informar a este Tribunal , sobre la remisión al D.AR.F.A., a los fines de proceder este despacho, a enviar el presente asunto al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Cúmplase.

JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02

ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE
SECRETARIO