EXPEDIENTE Nº 2275
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.
199° y 150°
SOLICITANTES: FELICITA CONTRERAS DE CARDENAS
ABOGADO ASISTENTE: LISBETH ADRIANA DIAZ NAVA.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
I
Vista la solicitud formulada por la ciudadana: FELICITA CONTRERAS DE CARDENAS, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de Identidad número V-3.294.833, domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Mérida, y civilmente hábil, debidamente asistida en este acto por la abogada LISBETH ADRIANA DIAZ NAVA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 65.872, domiciliado en la ciudad de Mérida y jurídicamente hábil, mediante la cual solicita se le declare a ella como viuda y a sus hijos ciudadanos JOSE NICOLAS CARDENAS CONTRERAS Y LUIS ANDRES CARDENAS CONTRERAS, como únicos y universales herederos, del ciudadano NICOLAS CARDENAS MARQUEZ, quien falleció ab intestato en el Estado Mérida el día veintiuno (21) de enero de dos mil nueve, según consta en acta de Defunción Nº 04, que anexa a la presente solicitud.
II
La solicitud se admitió en fecha 02 de abril del 2009, observando que fueron evacuados los testigos por ante la Notaria Publica Segunda del Estado Mérida, en fecha 09 de marzo del 2009, donde declararon como testigos las ciudadanas: TERESA VICENTA NAVA DE DIAZ Y MYRIAM PUELLO DE CONTRERAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V-3.495.361, V-8.021.115, respectivamente y domiciliadas en Mérida Estado Mérida, y hábiles, quienes con diferencias de palabras estuvieron contestes en afirmar: Que conocen a los ciudadanos: JOSE NICOLAS CARDENAS CONTRERAS Y LUIS ANDRES CARDENAS CONTRERAS. Que es cierto que el ciudadano NICOLAS CARDENAS MARQUEZ, falleció en el Estado Mérida el día veintiuno (21) de enero de dos mil nueve que les constan que de la unión conyugal procrearon dos hijos. Que si es cierto y les consta que los únicos y Universales Herederos del señor NICOLAS CARDENAS MARQUEZ, son la ciudadana FELICITA CONTRERAS DE CARDENAS y sus hijos JOSE NICOLAS CARDENAS CONTRERAS Y LUIS ANDRES CARDENAS CONTRERAS; Que les consta que no tuvo hijos adoptivos ni otros herederos legítimos. Estas declaraciones el Tribunal las aprecia de conformidad con el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil y les da todo el valor probatorio, y así se decide.
DECISIÓN
En consecuencia por las consideraciones anteriormente hechas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley y la Constitución, de conformidad con el artículo 936 Ejusdem, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante NICOLAS CARDENAS MARQUEZ, a su legitima esposa FELICITA CONTRERAS DE CARDENAS, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de Identidad número V-3.294.833, domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Mérida, y a sus hijos ciudadanos JOSE NICOLAS CARDENAS CONTRERAS Y LUIS ANDRES CARDENAS CONTRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad nros. V-16.446.061 y V-16.200.895, respectivamente. Se dejan a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas.
Se ordena devolver las presentes actuaciones originales a la parte interesada, previa certificación de copias de la totalidad del expediente, a los fines de que la misma quede en este Juzgado para su guarda y custodia.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DEL PRESENTE DECRETO. DADO, FIRMADO, SELLADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. En Mérida, a los veintidós días del mes de abril del dos mil nueve.
EL JUEZ
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. CARMEN SOTO
En la misma fecha se publicó la anterior decisión interlocutoria siendo las diez de la mañana. Conste hoy 22 de abril del 2009.
LA SRIA ACC.
ABG. CARMEN SOTO.
Acu.-
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