GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, trece de abril de dos mil nueve.
198° y 150°
Vencido como se encuentra el lapso legal de cinco (5) días sin que ninguna de las partes haya hecho uso de tal recurso, ha quedado FIRME la sentencia dictada en fecha 26 de junio de 2008 (f. 403 al 410 y vtos). En consecuencia, este Tribunal de conformidad con el artículo 356 del Código de Procedimiento Civil, queda desechada la pretensión y extinguido el proceso. ASI SE DECIDE.
EL JUEZ,
JULIO CESAR NEWMAN GUTIERREZ
LA SECRETARIA,
ABG. NORIS BONILLA VARGAS.
La Suscrita Secretaria del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. HACE CONSTAR: que la copia fotostática que antecede es traslado fiel y exacta de su original que se encuentra inserta en el Expediente Nro. 8373. DEMANDANTE: Angel Raúl Ramírez Méndez. DEMANDADO: xxxxxx. MOTIVO. Daños y Perjuicios.
El Vigía, 13 de Abril de 2009.
LA SECRETARIA,
ABG. NORIS BONILLA VARGAS