REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintitrés de abril de dos mil nueve.

199º y 150º

Visto el escrito que antecede de fecha 20 de abril de 2009 (folio 09), suscrito por los ciudadanos MARCOS HUMBERTO DUGARTE FERNANDEZ y YAJAIRA CARRILLO MUÑOZ,, en su condición de co-solicitantes, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio WILFREDO ALIRIO BENITEZ; mediante el cual manifiestan que por cuanto ha transcurrido más de un (1) año de haberse separado y hasta la presente no ha surgido ninguna reconciliación alguna entre ellos, solicitan se declare la conversión en divorcio, es por lo que, este Tribunal ordena librar boleta de notificación a la Fiscalía del Ministerio Público de Familia del Estado Mérida, haciéndole saber que este Tribunal dictará sentencia en el QUINTO (5°) DÍA DE DESPACHO siguiente aquel en que conste en autos su notificación, por cuanto ha trascurrido un año y no ha habido reconciliación alguna entre los cónyuges. Líbrese boleta.

EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se libró boleta a la Fiscal del Ministerio Público de Familia del Estado Mérida y se le entregó al Alguacil para que la haga efectiva. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

ACZ/SQQ/yp.