REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE.
EL
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, veintidos (22) de abril de dos mil nueve (2009).
199° y 150°
Vista la transacción suscrita entre las partes ciudadana LUMIDIA ZULAY LA CRUZ SIVIRA parte demandada, asistida por el Abogado JOSE ALEXANDER ALTUVE QUINTERO y ROMMEL ODOARDO PINEDA HERNANDEZ en su carácter de parte demandante asistido por los Abogados MIGUEL ANGEL IGLESIAS HERNANDEZ y DUNIA CHIRINOS LAGUNA, en fecha dieciseis (16) de abril de dos mil nueve (2009), y que corre inserta a los folios nueve (09) y diez (10) y sus vueltos del Cuaderno de Secuestro, realizado por el Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Este Tribunal HOMOLOGA la misma, impartiéndole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ordena el archivo definitivo del expediente. Agreguense los recaudos de citación librados a la parte demandada en fecha dos (02) de abril de dos mil nueve. (2.009). CUMPLASE.-
JUEZA TEMPORAL
AB. ADA JESSICA OQUENDO BRICEÑO
SECRETARIA
AB. SORAYA VILLAMIZAR GARCIA
AJOB/svg.
LA SUSCRITA SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CERTIFICA: Que la anterior copia es fiel y exacta de su original que se encuentra en el expediente N° 785-09. DEMANDANTE: ROMMEL ODOARDO PINEDA HERNANDEZ. DEMANDADO: LUMIDIA ZULAY LA CRUZ SIVIRA. MOTIVO: DESALOJO. Certificación que hago en El Vigía, a los veintidos (22) días del mes de abril de dos mil nueve (2009).
SECRETARIA
AB- SORAYA VILLAMIZAR GARCIA
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