REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Ejido, trece (13) de abril de dos mil nueve (2.009).-
198° y 150°
Vista la diligencia de fecha tres (03) de abril del año en curso y que riela al folio trescientos dos (302), perteneciente a la segunda (2da.) pieza del expediente signado con el Nº 1.991, suscrita por el ciudadano Abogado en Ejercicio NÉSTOR RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.990.791, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 77.923, con domicilio en Ejido Estado Mérida y jurídicamente hábil, por medio de la cual requiere se expidan copias debidamente certificadas por secretaria de los folios del doscientos setenta (270) hasta el doscientos ochenta y siete (287), este Tribunal exhorta al solicitante antes identificado, para que consigne por ante la secretaria de este Tribunal los emolumentos necesarios para la reproducción fotostática solicitada.- DEMANDANTE: LUZ MARINA OLIVARES ARAQUE ASISTIDA POR EL ABG. NÉSTOR RODRÍGUEZ.- DEMANDADO: FIRMA PERSONAL “LAS MIL Y UNA OFERTA DE ARQUIMIDES FAJARDO. MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.- CÚMPLASE.---------------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL SECRETARIO
ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
SÁNCHEZ MOLINA SRIO.
Exp. Nº 1991.
MMUR/Jlsm/Jm.-