JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, trece (13) de Abril de dos mil nueve.- (2.009).----------------------------------------------------
197° y 150°
Visto el convenimiento suscrito por las partes, plenamente identificadas en autos y que corre inserto al folio dieciocho y su vuelto (18 y vto) del expediente signado bajo el Nº 2.631, este Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil, acuerda la HOMOLOGACION del mismo, dándole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada y se abstiene de archivar el presente expediente, hasta tanto se de cumplimiento con el convenimiento.- CUMPLASE.-------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-------------
SANCHEZ MOLINA SRIO.-
MUR/yo.-
EXP. Nº 2.631.-
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA; CERTIFICA: Que la anterior copia fotostática es fiel y exacta de su original, por haberla tenido a la vista y constatado detenidamente su contenido, y que se encuentra inserta al folio dieciocho y su vuelto (18 y vto), del Expediente Civil signado bajo el Nº 2.631.- DEMANDANTE: JOSE ANIBAL MARQUEZ.- DEMANDADA: HAYDEE COROMOTO PEREZ CORREDOR.- MOTIVO: DESALOJO. Todo lo cual se hace de conformidad con lo establecido en el Artículo 111 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, Certificación que se verifica en la ciudad de Ejido, a los trece (13) días del mes de Abril del año dos mil nueve.- (2.009).--------------------------------------
EL SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA.
JLSM/yo.-
EXP. Nº 2.631________.-
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