REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintitres de abril de dos mil nueve.
199º y 150º
Por recibido la anterior Solicitud, junto con los recaudos acompañados, es por lo que se acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley. En consecuencia, vista la anterior solicitud, interpuesta por el ciudadano JOSE ANTONIO VIELMA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, soltero, agricultor, titular de la cédula de identidad Nº 3.497.419, domiciliado en el Municipio Campo Elías y hábil, debidamente asistido por el abogado JAIRO VENANCIO RANGEL MUÑOZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.013.250, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.166; mediante la cual solicita se le declare TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre unas mejoras consistentes en tumba y roza de vegetación, nivelación y preparación del terreno para siembra, muros, zanjas de drenaje, acequias para riego, cercas perimetrales con estantillos de madera y alambre de pua, cultivos de caña de azucar, limpieza y desempedrado sobre un lote de terreno ubicado en el sitio denominado “El Moral”, parroquia Matriz, jurisdicción del Municipio Campo Elías del Estado Mérida. El Tribunal la ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria a la ley, a las buenas costumbres y al orden público. En cuanto al Justificativo de Testigos, se exhorta al solicitante a que indique los nombres de los testigos a los fines de fijar día y hora para que rindan sus correspondientes declaraciones.
LA JUEZA,
ABG/PLTGA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA.
LA SECRETARIA,
ABG. SUSANA EVELIA PARRA CALDERON.
En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 6744.-
LA SRIA.