REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Veintiocho de Abril De dos mil nueve.-

199º y 150º



Tal y como fue ordenado por el Tribunal de alzada en la sentencia dictada en fecha diecinueve de Febrero del año en curso y vista la demanda propuesta por INVERSORA ENROSAY C.A. POR MEDIO DE SU APODERADO JUDICIAL JESUS ALBERTO BRICEÑO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 8.032.958, de este domicilio y hábil, CONTRA: los ciudadanos PETRA FLORENCIA VELASQUEZ DE PINEDA Y GILBERTO DE JESUS PINEDA PEREZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.014.567 y 4.753.072, de este domicilio y hábiles, POR: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO por vencimiento de prorroga legal, y por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la Ley, se ADMITE LA MISMA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO. En consecuencia, se ordena la citación de los ciudadanos PETRA FLORENCIA VELASQUEZ DE PINEDA Y GILBERTO DE JESUS PINEDA PEREZ, antes identificados en su condición de parte demandada, para que comparezcan por ante este Tribunal en el SEGUNDO día de despacho siguiente a que conste en autos la última citación que de los demandados se haga, a fin de que en horas de Despacho de contestación a la demanda que hoy se providencia. Líbrese compulsa, en nùmero de dos, anexándole copia fotostática debidamente certificada del libelo de la demanda con la orden de comparecencia al pie de la misma y entréguese al Alguacil a fin de que haga efectiva la citación. En lo que respecta a la medida solicitada por auto separado se resolverá lo conducente.

LA JUEZ:





ABG. FRANCINA M. RODULFO ARRIA

LA SECRETARIA:



ABG. SUSANA EVELIA PARRA

En la misma fecha se se libraron los recaudos de citación



LA SRIA.

Dep





JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Veintiocho de Abril de dos mil nueve.-



199º y 150º



A los fines de la citación de la parte demandada, es por lo que ordena expedir copias fotostáticas debidamente certificadas del libelo de la demanda en nùmero de dos, con su auto de comparecencia al pie de la misma, para ser entregada a los demandados en el momento en que se practique su citación. Se ordena al ciudadano MIGUEL PEREZ, proceder a la elaboración de los correspondientes fotostátos e insértese al pie de la certificación el contenido del presente auto.



LA JUEZ:



ABG. FRANCINA M. RODULFO ARRIA



LA SECRETARIA:



ABG. SUSANA EVELIA PARRA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

LA SRIA.