REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, catorce (14) de abril de dos mil nueve (2009).-.

198º y 150º

Por cuanto la Alguacil de este Despacho, manifestó no haber podido notificar personalmente a la parte demandante en el presente juicio, se ordena librar CARTEL DE NOTIFICACIÓN, haciéndoles saber que se les concede un lapso de diez (10) días hábiles siguientes a su fijación para darse por notificados de la decisión definitiva de EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN dictada por este Tribunal. Se les advierte que de no comparecer a darse por notificados en el lapso establecido se les tendrá como tal. Dichos carteles deberán fijarse en la cartelera de este Tribunal.

LA JUEZ TEMPORAL

ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. THAIS C. BRICEÑO H.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

SRIA. ACC.