REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, quince de Abril de dos mil nueve.-
198° y 150°

Por cuanto del análisis exhaustivo del presente expediente, este Tribunal observa que en fecha 25-10-2007, se oficio bajo el N° 876 al Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de esta Circunscripción Judicial (Ejido), remitiéndoles dos Boletas de Notificación de Abocamiento de la Juez de este Tribunal y de la decisión Interlocutoria dictada por este Tribunal, libradas al Ciudadano CESAR RIVAS, parte Demandada, en el presente juicio a los fines de que el Alguacil de ese Despacho haga efectiva las mismas, por cuanto se encuentran domiciliado en esa jurisdicción, y en virtud de que en fecha 27-11-2008, el Juzgado antes mencionado remitió a este Despacho la Comisión N° 4066, dando cumplimiento parcialmente con lo requerido por este Juzgado, es decir, notifico solo del Abocamiento, es por lo que se acuerda oficiar nuevamente al Juzgado antes mencionado solicitándole información sobre la Notificación de la decisión interlocutoria dictada por este Tribunal en fecha 12-05-2007. Líbrese oficio.-
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. THAIS C. BRICEÑO H.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se oficio bajo el N° 364.
Sria Acc.,