REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, quince (15) de abril de dos mil nueve (2.009) .-

198º y 150º

Vistos los escritos de prueba de fechas 14-04-2.009, presentados por ambas partes, mediante el cual promueven pruebas en este juicio, y por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes este Tribunal las ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. En consecuencia, procédase a su evacuación. En lo que respecta a las INSPECCION JUDICIAL solicitadas por ambas partes en sus escritos de prueba, se acuerda la habilitación del Tribunal por todo el tiempo necesario, del día MARTES 21-04-2.009 a las 12 del mediodía, a los fines de la práctica de la misma. En lo que respecta a la PRUEBA TESTIFICAL promovida por la Parte demandante, este Tribunal fija las 9:30 a.m y 10:15 a.m; del TERCER día hábil siguiente al de hoy para que los testigos: PEDRO LUIS GUTIERREZ PEREZ, y EDGAR DE JESUS ALDANA RANGEL, sean presentados por la parte promovente y rinda declaración. Igualmente se fija las 9:30 minutos de la mañana del CUARTO día hábil siguiente al de hoy para que el ciudadano EDGAR DE JESUS ALDANA RANGEL, sea presentado por la parte promovente y todos los testigos aquí nombrados rendirán declaración de acuerdo con el interrogatorio que se les haga al efecto.-

LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. THAIS C. BRICEÑO H