REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, 17 de diciembre de 2009
199º y 150º
ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO
N° DE EXPEDIENTE P21-L-2009-000312
PARTE ACTORA: JOSÉ ANGEL PEÑA COLMENARES
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA, AMABLE DANIEL ESCALANTE MARQUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 75.365.
PARTE DEMANDADA: FRIGORIFICO INDUSTRIAL LOS ANDES C.A. FILACA y SUBPROVENCA C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: PATRICIA ELENA CABRERA MANFREDI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 58.079.
MOTIVO: INDEMNIZACION POR ENFERMENDAD PROFESIONAL Y DAÑO MORAL.
Hoy, 17 de Diciembre de 2009, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma la abogada en ejercicio PATRICIA CABRERA, en su carácter de apoderada judicial FRIGORIFICO INDUSTRIAL LOS ANDES C.A. FILACA y SUBPROVENCA C.A., parte demandada en la presente causa. Dándose así inicio a la audiencia. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.. COPIESE, PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. AÑOS: 199º DE LA INDEPENDENCIA Y 150º DE LA FEDERACION.
LA JUEZ,
MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO,
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,
PATRICIA CABRERA MANFREDI,
LA SECRETARIA,
YURAHI JOSEFINA GUTIERREZ QUINTERO.
En la misma fecha se publicó la decisión y se expidió la copia para su archivo.
SRIA.
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