REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial del Estado Mérida
Mérida, 9 de Diciembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2009-000560
ASUNTO : LP01-P-2009-000560
AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA CONDENATORIA.
Por cuanto por error involuntario en el auto de ejecución de sentencia condenatoria dictado por éste Juzgado en fecha 22 de junio de 2009, no se ordenó la ejecución del parágrafo séptimo de la sentencia condenatoria de fecha 18-05-2009, dictada por el Juzgado Cuarto de Juicio de éste Circuito Judicial Penal de Mérida Estado Mérida, en contra del penado Jorge Humberto Escalante Montañez, de nacionalidad venezolana nacido en Colón Estado Táchira, el 05-11-66,de 43 años de edad, casado, chofer, titular de la cédula de Identidad, 11.015.796, domiciliado en Barinitas Estado Barinas, calle Principal, casa N° 13-03, cerca de tránsito, donde lo condenó a cumplir la pena de OCHO (089 AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la modalidad de Transporte, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; este Juzgado Segundo de Ejecución administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley procede a corregir la omisión en el presente auto que formará parte del auto de ejecución de sentencia dictado en fecha 22-06-2009 y ordena la ejecución DEL COMISO del vehículo Marca Chevrolet. Modelo -30, Año 1980, Color Vino Tinto, Clase Camioneta, Tipo Pick-Up, Uso Carga, Placas 313-YAA, Serial de Carrocería Nro CCT34AV207472, serial de Motor CAV207472; y lo pone a la orden de la Oficina Nacional Antidrogas (ONA). Ofíciese a dicho departamento informando que dicho vehículo fue puesto a la orden de ese despacho, e igualmente remítase todos los documentos del vehículo: Certificado de origen titulo de propiedad, facturas del vehiculo decomisado. Ofíciese al C.I.C.P.C. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02
ABG. ALIDA M. TORCATTI BERROTERAN
LA SECRETARIA
ABG. LAURA CRISTINA NARVAEZ RIERA.
En fecha______________ se dio cumplimiento con lo ordenado y se libraron oficio N°
Conste. La Secretaria.-