REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-1999-000137
ASUNTO : LL11-P-1999-000137
AUTO OTORGANDO LA LIBERTAD PLENA DEL PENADO POR CUMPLIMIENTO DE PENA.
Por cuanto se observa que el Penado : MARTINEZ ANGEL ROBINSON, venezolano, titular de la cédula de Identidad N° 11.215.127, nacido en fecha 12-09-1966, en Santa Bárbara Estado Zulia, de 42 años de edad, soltero, obrero de campo, con 2do grado de primaria, residenciado en la Parcela Casa Blanca del Sector El Canal de la Parroquia Simón Rodríguez, Jurisdicción del Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, actualmente cumple pena en el Centro Penitenciario Región Andina, Estado Mérida, el cual fue sentenciado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, SIETE (07) MESES Y SEIS (06) DIAS DE PRESIDIO, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en los artículos 407 y 278 del Código Penal, vigente para la época de comisión del delito, ha cumplido la totalidad de la pena.-------------
De conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 01, Administrando Justicia en Nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de al Ley, Ordena elaborar Cómputo Actualizado para verificar el cumplimiento de la pena del penado MARTINEZ ANGEL ROBINSON, haciendo del conocimiento que el cómputo actualizado es hasta el día 01-12-2.009, en primer lugar se observa que el penado MARTINEZ ANGEL ROBINSON, detenido en una primera oportunidad en fecha 11-07-1999 hasta la fecha 27-12-2002, de donde se desprende que estuvo detenido por un lapso de TRES (03) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DIECISÉIS (16) DIAS y en una segunda oportunidad, desde la fecha 07-09-2007 hasta la fecha 01-12-2009, de donde se desprende que ha estado detenido por un lapso de DOS (02) AÑOS, DOS (02) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS, sumando ambos lapso le da un tiempo de pena cumplida sin redención de CINCO (05) AÑOS, OCHO (08) MESES Y DIEZ (10) DIAS, sumado a cuatro redenciones, la primera de fecha 13-05-2002, redimiendo UN (01) AÑO, TRES (03) MESES Y CUATRO (04) DIAS, la segunda de fecha 10-04-2008, redimiendo CINCO (05) MESES Y QUINCE (15) DÌAS, la tercera, de fecha 24-04-2009, redime un tiempo de SEIS (06) MESES SIETTE (07) DIAS Y DOCE HORAS, y una cuarta Redención actual , donde redime un tiempo de TRES (03) MESES, ONCE (11) DIAS Y DOCE (12) HORAS, sumando las redenciones, se observa que ha redimido un tiempo de TRES (03) AÑOS, ONCE (11) MESES Y DOCE (12) HORAS, sumando las redenciones al tiempo de pena cumplida sin redención, le da un total de pena cumplida con redención de OCHO (08) AÑOS, DOS (02) MESE Y DIECINUEVE (19) DIAS y por cuanto fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, SIETE (07) DIAS Y SEIS (06) HORAS, se observa que el penado ha cumplido la totalidad de la pena. En consecuencia y visto que el Penado MARTINEZ ANGEL ROBINSON, ha cumplido la totalidad de la pena, este Tribunal acuerda otorgar la plena libertad del penado, para lo cual se librara la correspondiente boleta de Excarcelación, oficiándose al Director del centro penitenciario Región Los Andes, con sede en San Juan de Lagunillas Estado Mérida, haciéndole saber que debe dejar en libertad al Penado, una vez recibida la boleta de Excarcelación.----------------------------------------------------------------------------
Notifíquese a la Fiscalía Vigésima Segunda del Ministerio Público, a la Defensa, al Penado, Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------------------------
EL JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 01
ABG. JESUS AQUILES FAJARDO
LA SECRETARIA
ABG.