REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2007-000214
ASUNTO : LP11-P-2007-000214

Oída la exposición de la defensa, y vista la solicitud de Revocatoria presentada por la Fiscalía XXII del Ministerio Público, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda Librar orden de aprehensión contra el penado, CARLOS ALFREDO TORRELLAS RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº-18.637.012, de 21 años de edad, soltero, estudiante, nacido en fecha 22-01-1989, natural de Barquisimeto, Estado Lara, hijo de María de Jesús Rodríguez Valero y de Carmelo Prieto Valero, domiciliado en Caño seco IV, Avenida 19, calle 4 casa Nº- 261, cerca de la Universidad Simón Rodríguez , el Vigía Estado Mérida quien fue sentenciado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, quien actualmente se encuentra evadido del Centro de Tratamiento Comunitario “ “Lic Piedad Leonor Rodríguez”, Mérida Estado Mérida, a los fines de hacerlo comparecer para la celebración de la presente audiencia. Una vez que sea capturado se fijará oportunidad legal para la celebración de la misma, donde tendrá la oportunidad de ser escuchado. Líbrese los oficios a los organismos correspondientes. Cúmplase. Quedó la defensa notificada, notifíquese al Ministerio Público y al penado. Líbrese oficio al Centro de Tratamiento Comunitario “Lic Piedad Leonor Rodríguez”, Mérida Estado Mérida, participando la presente decisión. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 511 del COPP y en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.------------------------------------------------------------------------------------------------------------

El JUEZ DE EJECUCIÓN Nº- 01.

ABG. JESÚS AQUILES FAJARDO


LA SECRETARIA

ABG.