REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Catorce de Diciembre del dos mil nueve.
199° y 150°

Por recibida la anterior solicitud, junto con los recaudos acompañados, es por lo que se acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. Vista la solicitud presentada por el abogado RUBEN DARIO SANOJA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.432.434, de este domicilio y hábil, actuando en representación de sus propios derechos, contra: Los ciudadanos VICTORIA VICUÑA, JOSÉ PEREZ y JOSÉ MARTINEZ, por DESLINDE y por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden Público, a las buenas costumbres y además porque este Tribunal es competente por razón del Territorio y la cuantía, es por lo que se ADMITE LA MISMA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO. En consecuencia, se fija a las ONCE de la mañana, del QUINTO día de despacho siguientes a que conste en autos la última citación que de las partes se haga, para que concurran a la operación de DESLINDE en el sector conocido como la ALDEA LA MUCUY, JURISDICCION DEL MUNICIPIO TABAY, ACTUALMENTE DENOMINADO SANTOS MARQUINA, DEL ESTADO MÈRIDA, en los linderos NORTE y OESTE del lote 1. Compúlsese el libelo de la demanda y anéxesele copia fotostática certificada de la solicitud y entréguese al Alguacil del despacho, a los fines de que practique sus citaciones

LA JUEZ:

DRA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA:

ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha, se formó expediente, se le dio entrada bajo el Nro.-¬____________ y se libraron las boletas de citación.
LA SECRETARIA.