Solicitud Nº 117-2009
Sentencia definitiva




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Tovar, Tres (03) de Diciembre de Dos Mil Nueve (2009) con sede en esta ciudad de Tovar.

199° y 150°

SOLICITANTE: RAIMUNDA IMELDA ESCALANTE SOTO, venezolana, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad Nº V- 4.472.581, domiciliada en Valencia Estado Carabobo y civilmente hábil, asistida en este acto por la Abogada YAJAIRA JOSEFINA FERNANDEZ PEREZ, mayor de edad, venezolana, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 116.565.
MOTIVO: RECTIFICACION PARTIDA DE NACIMIENTO.

VISTOS: Se inicia la presente causa mediante formal escrito, presentado para su distribución por ante este Juzgado, por la ciudadana RAIMUNDA IMELDA ESCALANTE SOTO, asistida en este acto por la Abogada YAJAIRA JOSEFINA FERNANDEZ PEREZ en el que alega que:
“….su partida de Nacimiento se encuentra inserta por ante el Registro Civil del Municipio Tovar, del Estado Mérida, en los Libros de Registro Civil de Nacimientos correspondiente al año de 1930, bajo el N° 362, al vuelto del folio 92.

Alega que, desde que la conocen y tiene uso de razón siempre la han llamado y conocido con el nombre de RAIMUNDA IMELDA, y sus apellidos ESCALANTE SOTO, nacida en el Municipio Tovar del Estado Mérida e hija de Guadalupe Escalante y de Raimunda Soto, y así figura en todos los actos públicos y privados, al igual que las relaciones familiares y sociales en donde ha convivido y compartido, siempre se le ha conocido por todos como RAIMUNDA IMELDA. Que en su cédula de identidad aparece con el nombre de RAIMUNDA IMELDA, cuando s escribió y se afilió a la Fundación Nacional amigo de la Tercera Edad, F.U.N.A.T.E, aparece identificada como RAIMUNDA IMELDA.

Señala luego que:

Ahora bien, es el caso que para asuntos legales específicamente como el de la solicitud de Pasaporte, se me exigió copia certificada de mi partida de nacimiento, y al obtenerla por ante El Registro Civil del Municipio Tovar, es cuando observo que aparece con los nombres de RAMONA IMELDA lo cual es incorrecto e incierto ya que como señala anteriormente sus verdaderos nombres son RAIMUNDA IMELDA. Es por eso que ocurro a su noble oficio para promover como en efecto promuevo la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido de corregir el error material cometido en la trascripción de su nombre, de tal forma que se le corrija y se le tenga en lo sucesivo que su verdadero nombre es RAIMUNDA IMELDA.

A tales efectos legales manifestó que no existen partes interesadas que puedan perjudicarle con la decisión que recaiga sobre la rectificación solicitada, y solicita la RECTIFICACION de su PARTIDA DE NACIMIENTO inserta por ante el Registro Civil del Municipio Tovar del Estado Mérida, bajo el No. 362, al vuelto del folio 92 y correspondiente al año 1930, en el sentido de que en lo sucesivo se suscriba sus nombres de la siguiente manera: RAIMUNDA IMELDA ESCALANTE SOTO, y no como aparece actualmente en ella.
En fecha diecisiete (17) de noviembre de dos mil nueve (2009) constó en autos el cumplimiento de la formalidad de notificación del Fiscal Octavo del Ministerio Público del estado Mérida, venciendo el lapso para su comparecencia en fecha dos (02) de diciembre de dos mil nueve (2009), sin que ocurriera a formular alguna consideración.
La ciudadana Raimunda Imelda Escalante Soto, anexó a la solicitud los siguientes recaudos: Copia certificada de la Partida de Nacimiento expedida por el Registro Civil de las Parroquias Tovar y El Amparo, Municipio Tovar del Estado Mérida, fotocopia de la Cédula de Identidad, fotocopia del Carnet Fundación Nacional Amigo de la Tercera Edad. documentos estos que considera esta juzgadora suficientes para demostrar el error cometido, y así se valoran. Así se decide.-
Por las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en la ciudad de Tovar, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Rectificada la Partida de Nacimiento de la ciudadana: RAIMUNDA IMELDA ESCALANTE SOTO en cuanto a la rectificación de su nombre RAMONA IMELDA, siendo lo correcto, RAIMUNDA IMELDA. Queda así rectificada. A tal efecto, expídase por la secretaría de este Tribunal, copia fotostática certificada de la presente sentencia y junto con oficio se acuerda remitir a los organismos competentes a los fines de que se estampen las notas marginales correspondientes. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil y en concordancia con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.
DADA FIRMADA Y SELLADA EN EL DESPACHO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Tovar, Tres (03) de Diciembre de Dos Mil Nueve. (2009). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación

LA JUEZ,

ABG. YAMILETH MORA RAMIREZ.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

YLCE GUTIERREZ L.

En la misma fecha se público la anterior sentencia, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) se agregó original en el Expediente Civil Nº 117-2009, se dejo copia para el archivo y se publicó siendo las nueve de la mañana. (9:00 a.m.). Se envió con oficio N° 5250- 316 al Ciudadano Registrador Civil de la Parroquias Tovar y El Amparo Municipio Tovar del Estado Mérida y con oficio N° 5250-317 al Registrador Principal del Estado Mérida.


LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

YLCE GUTIERREZ L.