REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO JUEZ UNIPERSONAL Nº 02 MÉRIDA, treinta de enero del año dos mil nueve.-

198º Y 149º

Vista el Acta levantada en esta misma fecha 30-01-2009, a los ciudadanos LUISA ELENA RAMIREZ GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº 12.776.185, domiciliada en Avenida Andrés Bello, Conjunto Residencial Las Tapias Edificio, Cuji, apartamento 2-2, y YOVANY ZERPA MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V-12.349.333, domiciliado en Residencia los Bucares, Torre K, piso 2, Apartamento 2-1, Mérida, por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Mérida, quienes convinieron en cuanto a la Fijación de Bonos Especiales, el escolar y navideño, solicitada por la madre a favor de la niña OMITIR NOMBRE, de seis (06) años de edad, a partir del presente año, quedando establecido por ambos padres, por la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,oo) cada uno, el escolar en dos partes entre los meses de agosto y septiembre y el navideño en la primera quincena del mes, acordaron establecer el aumento del diez por ciento (10%), cuando el padre le incremente su salario. Ambas partes solicitan se homologue el presente Convenimiento y se acuerde el archivo del expediente. Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a la niña por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO suscrito por las partes LUISA ELENA RAMIREZ GOMEZ y YOVANY ZERPA MENDEZ, plenamente identificados en autos, en beneficio de la niña OMITIR NOMBRE. Se le imparte el carácter de cosa juzgada y se ordena el cierre y el archivo del expediente. CÚMPLASE.

LA JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 02


ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE


LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

LA SRIA.

Exp. 20501
Fm/