TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 03. MÉRIDA, OCHO DE ENERO DE DOS MIL NUEVE.------------------------------------
198º 149º
Vista el acta que antecede al folio 108, levantada por ante este Tribunal en fecha 08 de Diciembre de 2.008 a la ciudadana EUGENIA RAMONA VEGAS MEJIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.035.204, en su condición de parte actora en el presente procedimiento, en la cual desiste del presente procedimiento, en consecuencia, éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DA POR TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, en razón de que no es contraria a derecho y verse sobre derechos disponibles, todo de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente el Desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda, antes de que transcurran noventa (90) días, de conformidad con el Artículo 266 Ejusdem. Notifíquese a la parte demandada y comisiónese al Tribunal correspondiente para la practica de la misma. Librese oficio, despacho y boleta dejando copia de los mismos en el expediente. CUMPLASE.-
LA JUEZA TITULAR Nº 03
ABOG. MARIA ISABEL ROJAS DE ECHEVERRÍA
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SRIA.
Jaa
Exp. 9158
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