REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 27 de Enero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-009347
ASUNTO : LP01-P-2005-009347
Por cuanto la defensora pública Belem Ramírez, solicitó cómputo actualizado de pena de Miguel Antonio Rivas Paredes, quien fue condenado a cumplir la pena de trece (13) años de prisión, por la comisión del delito de Asalto a Transporte Colectivo, motivo por el cual este tribunal previa verificación de todas las fechas relacionadas con la detención del penado que nos ocupa, procede a efectuar la actualización y revisión del cómputo de la siguiente forma:
Primero: que el penado Miguel Antonio Rivas Paredes, fue condenado a cumplir la pena de trece (13) años de prisión, por la comisión del delito de Asalto a Transporte Colectivo.
Segundo: se evidencia de las actas que el penado Miguel Antonio Rivas Paredes, fue privado de libertad el seis de septiembre de dos mil cinco (06.09.2005), permaneciendo en esas condiciones hasta la presente fecha, lo que significa que el penado ha estado privado de libertad por el lapso de tres (3) años cuatro (4) meses y veintiún (21) días.
Tercero: el tiempo antes indicado de privación de libertad, se toma como parte de pena cumplida, y al mismo se suman las redenciones de pena efectuadas a favor del penado, el treinta de noviembre de dos mil siete (30.11.2007), por el lapso de un (1) año, un (1) mes y doce (12) horas, y la de fecha dieciocho de diciembre de dos mil ocho (8.12.2008), por el lapso de seis (6) meses y ocho (8) días, lo que significa que el penado Miguel Antonio Rivas Paredes, ha cumplido un total de pena de cuatro (4) años, once (11) meses, veintinueve (29) días y doce (12) horas, y le falta por cumplir un remanente de pena equivalente a ocho (8) años y doce (12) horas de prisión, lo cual indica que terminará de cumplir la pena impuesta el día veintisiete de enero de dos mil diecisiete (27.01.2017) a las doce del mediodía (12:00 m).
Dispositiva:
Por lo anteriormente señalado, este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actualiza el cómputo de pena, correspondiente al ciudadano Miguel Antonio Rivas Paredes, de conformidad con el último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Remítase con oficio copia certificada de esta actualización de cómputo a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina. Notifíquese a la fiscalía, a la defensa, y al penado sobre el contenido de esta decisión, anexando copia certificada del auto a la boleta del prenombrado penado. Certifíquese por secretaría copia de este auto. Cúmplase.
La Juez de Ejecución Nº 01
Abg. Marianina Brazón Sosa
La Secretaria
Abg. Ana Andrade
En fecha__________________ se envió oficios Nros_______________________, junto con boletas de notificación Nros ___________________________________
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Sria