REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 20 de Enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-002844
ASUNTO : LP01-P-2005-002844


Corresponde a este tribunal pronunciarse con relación a la solicitud de cómputo actualizado de pena cumplida, presentada por el ciudadano Jairo José Hernández, en la entrevista sostenida con el suscrito con ocasión a la visita carcelaria llevada a cabo por éste tribunal el día jueves 15-01-09; en tal sentido y conforme lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal se procede de la manera siguiente:

El ciudadano JAIRO JOSÉ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No V-14.286.120, fue condenado a cumplir la pena de Ocho (08) Años de Presidio, más las accesorias de ley, por comisión del delito de Robo Agravado.

Fue detenido el día 20 de marzo de 2005, permaneciendo en tal situación hasta el día de hoy inclusive (20-01-09), es decir, por el lapso de tres (03) años y diez (10) meses.


En fecha 07 de marzo de 2007, le es realizada una primera redención judicial de pena por el trabajo, en once (11) meses y once (11) días de presidio.

Se le práctica una segunda redención de la pena, en fecha 04 de diciembre de 2007, de cuatro (04) meses, seis (06) días y doce (12) horas de presidio.

El cinco (05) de agosto de 2007, le es efectuada una tercera redención de pena por trabajo y estudio, equivalente a tres (03) meses y veintinueve (29) días de presidio.


Ahora bien, sumando el tiempo de detención física a las tres (03) redenciones practicadas, se concluye que el ciudadano Jairo José Hernández ha cumplido un total de pena de cinco (05) años, cinco (05) meses, dieciséis (16) días y doce (12) horas, faltándole por cumplir un remanente de dos (02) años, seis (06) meses, trece (13) días y doce (12) horas, que terminará de cumplir efectivamente el 03 de agosto de 2.0011, a las 12 meridiem (12:00 m).


En virtud de lo anterior, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, actualiza el cómputo de la pena cumplida por el ciudadano Jairo José Hernández, en los términos supra indicados.

Así se decide, cúmplase, notifíquese a las partes y al penado, y remítase copia certificada de éste auto a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina.



EL JUEZ DE EJECUCIÓN No 03

ABOG. NELSON JOSÉ TORREALBA ÁNGEL





LA SECRETARIA



En fecha ____________, se cumplió con lo ordenado mediante boletas de notificación Nos _________________, y oficio No________________.-