REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SECCION DE ADOLESCENTES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA
EN FUNCIONES DE EJECUCION
Mérida, treinta (30) de enero de 2009
CAUSA N0. E1-621-08
ASUNTO: REVISION DE LA MEDIDA CESACION DEFINITIVA DE LA SANCION DE REGLA DE CONDUCTA.
MOTIVACION
VISTO. Ríela a los folios a los folios (111 AL 115) auto de EJECUTESE DE SENTENCIA DE FECHA 15 DE ABRIL DE 2008, donde se acuerda que deberá cumplir la única sanción de reglas de conducta consistente en Obligación de hacer: a) realizar una actividad laboral o estudio, cursa al folio (121 al 122) acta de imposición del ejecútese Cursa al folio (144) auto donde señala la finalización de la sanción en fecha 02-01-2009.
Cursa a los folios (138 al 140) auto donde se acuerda la revisión de la medida y señala que deberá continuar cumpliendo la sanción.
Al respecto el tribunal observa:
Regla de conducta.
Cursa a los folios (149 al 150 ) oficio No, 031/09 de fecha 29-01-2009, indica la especialista que el adolescente a demostrado una elevada responsabilidad en el proceso que se le siguió, siendo lo mas importante la internación del delito cometido “… en la actualidad continua estudiando…” anexa constancia de estudio.
La finalidad de la medida establecida en una sentencia condenatoria, tiene por objeto lograr el pleno desarrollo de las capacidades del adolescente y la adecuada convivencia con su familia y con su entorno social.
El buen funcionamiento de esta fase depende que culmine con éxito, la formación de dicho adolescente, como ciudadanos aptos para responder a las exigencias de la vida social. Siempre tomando en consideración para el cumplimiento de la misma, los derechos de la víctima, cuyos objetivos del proceso en cualquier etapa, es la protección y reparación del hecho punible tal como lo establece la ley.
Así mismo, el Art. 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente reza:
“Cumplida la medida impuesta… omissis…, el juez de ejecución ordenará la cesación de la misma…”.
Lo que garantiza que nadie puede ser procesado o castigado de nuevo por la misma jurisdicción a causa de una infracción penal por la que ya haya sido absuelto o condenado en virtud de sentencia firme., esto es lo que se cononoce como la el principio “ne bis in idem” regulado en el artículo 14.7 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.
Ahora bien, del informe aportado por la Trabajadora Social de la sección del Vigia, se evidencia que el ciudadano mencionado, cumplió satisfactoriamente con la regla de conducta, como única sanción que debía cumplir.
REMISION DE ARMA DE FUEGO AL DARFA
En el auto de ejecútese que riela a los folios (112 y 113) se ordena la remisión del arma de fuego al DARFA , donde se acuerda librar oficio, no efectuándose el mismo; por tal razón, se acuerda dar cumplimiento a lo señalado en el folio (113) anexando copia del folio ( 19 y su vto).
DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con los artículos 645, 647 letra “e”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA: Se ordena LA CESACIÓN DE LA MEDIDA DE LA REGLA DE CONDUCTA por cumplimiento que finalizaba el 02-01-2009, ( folio 144) impuesta al ciudadano OMITIDA; no existiendo mas sanciones que cumplir se ordena la libertad plena para el adolescente. SEGUNDO: Se ordena oficiar al CICPC con copia del folio 19 y su vto) a los fines de la remisión del arma de fuego, por la razones antes expresadas. Ofíciese a la trabajadora social indicando lo acordado. Notifíquese al fiscal del Ministerio Público, defensa y adolescente, Diarícese, regístrese y cúmplase.
LA JUEZ PROFESIONAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
MIRNA EGLE MARQUINA
LA SECRETARIA
YURIMAR RODRIGUEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Sria.
MEM/.-