REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, 26 de Enero del dos mil nueve.
198º y 149º
Vista la diligencia de fecha 22 de enero del 2009, suscrito por la ciudadana NEILYN KATHERINE TREJO ALBARRAN, debidamente asistida por la abogada MARIA SANZ LAZARO, en su carácter de parte demandada, la cual obra al folio 71, inserto en el presente expediente, mediante el cual conviene en la demanda en los términos por ellos expresados el tribunal acuerda conforme a lo solicitado en consecuencia, el tribunal HOMOLOGA dicho convenimiento en los términos por ellos expuestos de conformidad con el articulo 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara la existencia de la unión concubinaria entre los ciudadanos ROSA HAYDE ALBARRAN TREJO y el ciudadano BONIFACIO TREJO QUINTERO, quien falleció ab intestato en fecha 25/04/2008, tal como se desprende del acta de defunción anexo a la presente solicitud, desde el mes de marzo de 1983 hasta la fecha de fallecimiento, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente una vez quede firme la referida decisión, conforme a la Ley.
EL JUEZ.
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA.
LA SECRETARIA,
ABG. AMAHIL ESCALANTE N.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión interlocutoria, siendo las dos de la tarde, previa las formalidades de Ley. Se expidieron copias certificadas de la decisión para la estadística del Tribunal. Conste hoy veintiséis de enero del 2009.
LA SRIA,
ABG. AMAHIL ESCALANTE N.
Ice.