GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. EL VIGIA, TRECE DE ENERO DE DOS MIL NUEVE.
198º y 149º
Visto el convenimiento celebrado entre las partes, mediante acta de embargo suscrita por el Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 27 de mayo de 2008 (fs. 20, 21, 22 y 23), del Cuaderno de Medidas del Expediente Nro. 9510-2008.- DEMANDANTE: MORENO SÁNCHEZ JAVIER MARINO (ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN ABOGADO MANUEL ENRIQUE CONTRERAS). DEMANDADO(S): RUZA DABOIN, RAFAEL ANTONIO Y CONSUELO DE RUZA. MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMATORIA. TRIBUNAL: PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL. EL VIGIA.- FECHA DE ENTRADA: 08-05-08. Este Tribunal previo análisis de las actas que conforman el presente expediente, observa:
El presente juicio se trata de Cobro de Bolívares Vía Intimatoria y de la revisión de las actas procesales se puede constatar que las partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, y se trata de derechos disponibles, pues tiene por objeto materia en la cual no están prohibidas las transacciones, este Juzgador de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA el presente convenimiento, en consecuencia procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se establece. Agréguese cuaderno de medida al expediente principal.
EL ---------------------
JUEZ,
JULIO CESAR NEWMAN GUTIERREZ.
LA SECRETARIA,
ABG. NORIS BONILLA VARGAS
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