REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, siete de enero de dos mil nueve.-

198º y 149º
Vista la diligencia de fecha 03 de noviembre de 2.008, que riela al folio 377, suscrita por el abogado en ejercicio RAUL ORLANDO JAIMES, en su condición de parte actora en el presente juicio, y vista la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 18 de marzo de 2.008, quedando firme el día 08 de mayo de 2.008, y transcurrido como se encuentra el lapso concedido a la parte demandada de conformidad con el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, mediante auto de fecha 24 de septiembre de 2.008, que obra al folio 376, el Tribunal de conformidad con lo solicitado y en aplicación del artículo 526 eiusdem, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad del ejecutado ciudadano JOSE GERARDO ARIAS CHANA, hasta cubrir la cantidad de DOS MILLONES CIEN MIL BOLIVARES (Bs.2.100.000,oo) equivalentes a DOS MIL CIEN BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 2.100,oo), que comprende la sumatoria por la cual fue demandada y por la que el prenombrado ciudadano fue condenado en sentencia definitiva de fecha 18 de marzo de 2.008, monto por el cual se ejecuta el embargo, si recayere sobre cantidad líquida de dinero. Se le advierte al ejecutor que si el Embargo Ejecutivo recayere sobre otros bienes muebles o inmuebles se ejecutará hasta por la cantidad de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 4.200.000,oo), equivalentes a CUATRO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 4.200,oo) que comprende el doble de la suma por la cual fue condenado el ciudadano JOSE GRARDO ARIAS CHANA, en sentencia definitiva de fecha 18 de marzo de 2.008. Para la práctica de la Medida Ejecutiva decretada, líbrese el respectivo MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN a cualquier Tribunal Ejecutor competente del país donde se encuentren bienes propiedad de la deudora y entréguese al interesado para su ejecución.-

EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO




LA SECRETARIA TEMPORAL,


YENYFER MARQUEZ ROJAS


En la misma fecha se libró el mandamiento de ejecución. Conste.

LA SECRETARIA TEMPORAL,


YENYFER MARQUEZ ROJAS