REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, siete de enero de dos mil nueve.

198° y 149°

Visto el escrito de pruebas promovido en fecha 18 de noviembre de 2008, por el abogado en ejercicio JOSÉ ALBERTO SALAS GUILLEN, en su condición de apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio; y estando dentro de la oportunidad legal para admitirlas, este Tribunal pasa a providenciar el mencionado escrito, en la forma siguiente:

PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA:


1.- DOCUMENTALES:

En cuanto a las pruebas documentales promovidas en el “CAPITULO I”, del escrito de promoción de pruebas, este Tribunal las admite todas cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia procédase a su evacuación.

2.- PRUEBA DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL:

En cuanto a la prueba de la inspección judicial, promovida en el “CAPITULO II” del escrito de promoción de pruebas, este Tribunal la inadmite, por impertinente, ya que la misma se puede demostrar que la ciudadana GLADYS JOSEFINA CONTRERAS GUILLEN, abandonó voluntariamente el hogar conyugal a través de la prueba testifical.

2.- PRUEBA TESTIFICAL: En cuanto a la Prueba Testifical promovida en el “CAPITULO III” del escrito de promoción de pruebas, este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva y para la evacuación de la misma este Tribunal: PRIMERO: Comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio C. Salas del Estado Mérida, el cual se ordena remitir el despacho con las inserciones pertinentes, a los fines de que ese Tribunal de Municipios, fije día y hora para la presentación y comparecencia de los testigos, ciudadanos ARACELIS DEL CARMEN CALDERAS LEÓN , FRANY MARÍA CENTENO y JHONNY JOSÉ ARAUJO BARRIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 5.100.374, 10.273.160 y 15.142.366, respectivamente, domiciliados en la Parroquia Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida y hábiles. Para la evacuación de ésta prueba se concede como término de distancia dos (2) días de ida y dos (2) días de venida. Désele salida y remítase con oficio. SEGUNDO: Comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de los Municipios Libertador y Santos Marquina del Estado Mérida el cual se ordena remitir el despacho con las inserciones pertinentes, a los fines de que aquel Tribunal de Municipios al que le corresponda por distribución, fije día y hora para la presentación y comparecencia del testigo, ciudadano YVOR JOSÉ GAVIDIA PUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad número V-11.953.083, domiciliado en la Parroquia J.J Osuna Rodríguez “Los Curos”, Mérida Estado Mérida y hábil. Para la evacuación de ésta prueba désele salida y remítase con oficio. TERCERO: Comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el cual se ordena remitir el despacho con las inserciones pertinentes, a los fines de que ese Tribunal de Municipio, fije día y hora para la presentación y comparecencia del testigo ciudadano JOSÉ ANTONIO ROJAS NIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad número V-10.103.709, domiciliado en la Jurisdicción del Municipio Campo Elías del Estado Mérida y hábil. Para la evacuación de ésta prueba se concede como término de distancia un (1) día de ida y un (1) día de venida. Désele salida y remítase con oficio.
EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TEMPORAL,

YENYFER MARQUEZ ROJAS
En la misma fecha se providenciaron las pruebas promovidas por la parte actora y para su evacuación se remitió: Despacho de pruebas de la parte actora al Juzgado de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio C. Salas del Estado Mérida, al Juzgado Distribuidor de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida ya l Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo los oficios signados con los números 01, 02 y 03-2.009, respectivamente.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

YENYFER MARQUEZ ROJAS
ACZ/YMR/lvpr.-