REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, ocho de Enero de dos mil nueve.
198º y 149º


Por recibido el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, Visto el libelo de la demanda presentado por la ciudadana CARMEN ROSA CONTRERAS DE AVENDAÑO, con nacionalidad Venezolana y Colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.106.134 y E-81.150.395, de este domicilio y hábil, asistida por los Abogados Alexis Enrique Mendoza Volcanes inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 56.299 y María Celina Arría Ramos, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 56.299, de este domicilio y jurídicamente hábiles, contra MAIGUALIDA ZERPA CUEVAS, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.719.597, de este domicilio y hábil por DESALOJO, por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden Público, a las buenas costumbres y además porque este Tribunal es competente por razón del Territorio y la cuantía, es por lo que se ADMITE LA MISMA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, En consecuencia, se ordena la citación de la demandada ciudadana MAIGUALIDA ZERPA CUEVAS, antes identificada para que comparezca por ante este Tribunal en el SEGUNDO día de despacho siguiente a que conste en auto su citación, en horas de despacho, a fin dar contestación a la demanda que hoy se providencia. Compúlsese el libelo de la demanda con su orden de comparecencia al pie de la misma, y anéxesele copia fotostática certificada del libelo de la demanda y entréguese al Alguacil del Tribunal a los fines de que practique la citación. En cuanto a la medida solicitada, por auto separado se resolverá lo conducente.
LA JUEZA,

DRA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA,

ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha, se formó expediente, se le dio entrada bajo el Nro. ________ se libraron recaudos de citación.
LA SECRETARIA,